Nuestra Cancillería, que comúnmente expresa que respeta el derecho internacional y actúa en consecuencia, claramente actúa con desdén hacia las normas aludidas. Debería saber que la Resolución Nro. 181 de 1947 de la ONU fue la que determinó que en una mínima porción de los territorios que formaban el Mandato Británico de Palestina se creara un Estado Judío y uno Árabe.
Jamás hubo un estado árabe en el territorio en conflicto por la negativa de la dirigencia árabe a aceptar la partición propuesta por la ONU. Incluso entre 1947 y 1967, esos territorios estuvieron en poder de Jordania y Egipto sin que ningún árabe ni la ONU misma emitieran resoluciones al respecto.
Sólo cuando Israel, que ante el ataque de los países árabes, gana la “Guerra de los “Seis Días”, obtiene la unidad de Jerusalem y el control de Gaza y Judea y Samaria (mal llamadas Cisjordania) comienza la diatriba tendenciosa contra Israel, que dura hasta nuestros días.
Las leyes del derecho internacional son claras al respecto.
Nunca hubo un Estado Árabe o Palestino en esas tierras por lo que no hay ocupación ni crimen de ninguna naturaleza. Así como tampoco se condenó nunca la ocupación de esos territorios por Jordania y Egipto desde el año 1947 hasta el año 1967.
Compartir la verdad histórica es una forma de ayudar al diálogo y a la paz.
Respetar el derecho internacional requiere de valentía e integridad y no ser cómplices del accionar tendencioso de la Asamblea General de la ONU que se ha transformado en un organismo internacional anti israelí por excelencia.
La Organización Sionista Argentina, como el Estado de Israel, anhelan la paz entre todos los pueblos de Oriente Medio y los Acuerdos de Abraham son prueba de ello. Pero para alcanzar este vital objetivo se requiere de la predisposición de todas las partes involucradas.
Con Israel y por La Paz.
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