sábado, 28 de mayo de 2016

La sentencia afirma que el acuerdo de boicot ahora anulado es discriminatorio, citando al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. También establece que el boicot infringe Directivas Europeas que afirman que toda orden de discriminar a personas por motivos de su origen se considerará discriminación.
Esta decisión marca un paso definitivo en la ilegalización por los tribunales españoles del movimiento BDS contra Israel, sobre la base de principios constitucionales y se suma a otros resultados similares recientemente obtenidos: el allanamiento a una demanda similar por el ayuntamiento de Avilés, y el informe en el mismo sentido del Fiscal en el caso del boicot antisemita de Gijón.
ACOM sigue comprometido en su batalla jurídica y judicial para acabar contra la impunidad del movimiento antisemita BDS.
ACOM

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