ACOM (Acción y Comunicación sobre Oriente Medio) ha presentado denuncia ante los Juzgados de Instrucción de Granada contra Ana María Alcalde Callejas, conocida como "Barbie Hamás", por un delito de incitación al odio previsto en el artículo 510 del Código Penal.
La denuncia se fundamenta en una serie de publicaciones y declaraciones públicas en las que la denunciada ha difundido teorías conspirativas antisemitas, negado las atrocidades cometidas por Hamás el 7 de octubre de 2023 y justificado las acciones del grupo terrorista.
El 14 de diciembre de 2025, tras el atentado terrorista contra la comunidad judía de Sídney, en una celebración de Janucá que dejó al menos 16 muertos, Alcalde difundió un vídeo en TikTok sugiriendo que Israel podría estar detrás del ataque, calificándolo de posible "ataque de falsa bandera". Con medio millón de seguidores en esa plataforma, el mensaje alcanzó una difusión masiva.
La denuncia recoge también las declaraciones de Alcalde entre septiembre y octubre de 2025, durante y después de su participación en la Flotilla rumbo a Gaza. En diversas apariciones televisivas en cadenas nacionales, la denunciada:
- Negó categóricamente las violaciones cometidas por Hamás, afirmando que son "un bulo" y que "las chicas secuestradas han salido diciendo que las trataron bien".
- Se negó a calificar a Hamás como organización terrorista, describiéndola como "un grupo político con diferentes facciones, entre ellas la resistencia armada".
- Justificó la masacre del 7-O como "una explosión de tantos años de represión".
- Afirmó que "no le deseo la muerte ni a los israelíes, porque yo no soy como ellos", insinuando que los israelíes en general desean la muerte de inocentes.
Estas conductas constituyen un delito de incitación indirecta al odio contra el pueblo judío (art. 510.1.a CP), al difundir teorías conspirativas antisemitas y atribuir falsamente a los judíos la fabricación de atrocidades para manipular la opinión pública. Asimismo, la negación y trivialización de las masacres del 7-O encaja en el art. 510.1.c CP, que sanciona la trivialización grave de delitos contra las personas cuando promueve un clima de violencia u odio.
Las declaraciones justificando a Hamás y humillando a las víctimas podrían constituir además un delito de enaltecimiento del terrorismo y vejación a las víctimas (art. 578 CP).
España asiste desde hace tiempo a un proceso de blanqueamiento del antisemitismo bajo etiquetas de "activismo" o "concienciación", en el que se demoniza al único Estado judío y se traslada esa demonización a judíos españoles y europeos, colocándolos en la diana. ACOM no aceptará la impunidad de quienes, con audiencia masiva y pretensión de influencia, propagan bulos y teorías conspirativas que han sido históricamente el combustible de la persecución antijudía.
Ana María Alcalde ha utilizado su influencia, cientos de miles de seguidores en redes sociales y apariciones en televisiones nacionales, para difundir un mensaje que deshumaniza a las víctimas judías y blanquea a sus verdugos. La libertad de expresión no ampara el discurso de odio.
ACOM seguirá actuando en los tribunales contra quienes inciten al odio, nieguen atrocidades documentadas o justifiquen el terrorismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.