miércoles, 31 de agosto de 2011

ESCUDOS HUMANOS: DE REGRESO A LA REALIDAD‏





Por AMNON RUBINSTEIN y YANIV ROZNAI
08/17/2011 22:11

La reciente queja acerca de victimas civiles como resultado de los bombardeos de la OTAN en Libia y constantes quejas acerca de "daño colateral" en la guerra en Afganistan, tanto como el Informe Goldstone, ha planteado nuevamente un tema que se ha convertido el tema mas candente de Derecho Internacional Humanitario (DIH). De hecho, el uso de civiles como escudos humanos durante hostilidades se ha vuelto un problema importante que enfrentan todas las democracias - y principalmente Israel - en conflictos armados contemporaneos.
Los escudos humanos han sido empleados mundialmente tanto en conflictos armados internacionales como no internacionales, incluidos los recientes conflictos en Afganistan, Irak, Gaza, Libano y Libia. Luchar desde dentro de areas densamente pobladas y usar a la poblacion civil como un paraguas protector se ha vuelto, en la realidad, en una tactica de combate de rutina para grupos armados irregulares.
La utilizacion de escudos humanos es una tactica popular debido a que puede o impedir que una parte apunte a su enemigo debido a restricciones morales o legales o, alternativamente, obligarla a- almenos bajo la interpretacion prevaleciente- violar el derecho internacional humanitario. Ademas, si un ataque es lanzado a pesar de la presencia de escudos humanos, la parte escudandose puede, y a menudo lo hace, debilitar el apoyo a su enemigo a traves de la explotacion de civiles dañados como un medio de propaganda en los medios de comunicacion.
Aun cuando la prohibicion de usar a civiles como escudos humanos es reconocida generalmente bajo el DIH, la actual ley y su aplicacion se han vuelto incompatibles con la guerra moderna y llevan a resultados indeseables.
El primer problema notable es que en conflictos recientes, incluido en Operacion Plomo Fundido, la critica mas fuerte a las violaciones al DIH han sido dirigidas a la parte contraatacante, generalmente un ejercito de un estado democratico, en vez de a las partes que utilizaron civiles para escudarse, generalmente fuerzas de un estado no democratico u organizaciones irregulares tales como al-Qaida o Hamas. Esta falta relativa de respuesta - como es ejemplificada por el Informe Goldstone - hace la prohibicion meramente teorica. Los contraatacantes son vituperados; los que se escudan son ignorados o incluso exonerados.
El segundo problema es que la actual aplicacion del derecho alienta al beligerante a usar escudos humanos contra contraatacantes militares. De acuerdo con el DIH como es generalmente interpretado, aun si una parte de un conflicto ataca mientras se escuda ilegalmente con civiles, la parte contraatacante debe tomar las precauciones usuales en contra de dañar civiles, lo cual puede anular el proposito de su ofensiva. Esto lleva directamente a resultados desafortunados, ya que bajo el principio de proporcionalidad (o sea, la evaluacion de si el daño colateral es excesivo en relacion con la ventaja militar anticipada especifica y directa), el uso flagrante de escudos humanos puede evitar en forma efectiva un ataque contra un objetivo enemigo legitimo.
LAS NORMAS ACTUALMENTE ACEPTADAS sirven para beneficiar a aquellas partes dispuestas a utilizar a las victimas civiles para lograr ventajas militares. Para recortar el uso de esta tactica atemorizante, alguna modificacion de la interpretacion del DIH es critica.
Nosotros proponemos una solucion doble.
Primero, las obligaciones de la parte que se escuda deben ser tratadas mas seriamente. Contrario a la actual atmosfera, la comunidad internacional, ONGs y los medios de comunicacion mundiales deben dirigir su vigilancia y condena tambien hacia aquellas partes que se escudan. Adicionalmente debe ser aclarado que ambas partes seran responsabilizadas por violaciones penales al DIH que surjan de cualquier uso de escudos humanos, y tambien que los tribunales internacionales adopten una postura firme y equilibrada contra tales crimenes.
Segundo, con respecto a las obligaciones de la parte contraatacante, es requerido un cambio estructural en la aplicacion del principio de proporcionalidad para tratar con las realidades de las guerras asimetricas. La evaluacion de proporcionalidad no puede estar desapegada de las acciones de la parte que se escuda y debe tomar en cuenta el incentivo de usar ilegalmente escudos humanos.
Asi nosotros proponemos que la evaluacion de proporcionalidad deba ser ajustada cuando el uso de escudos humanos es parte de una politica ampliamente extendida o sistematica, o cuando el objetivo militar protegido por escudos humanos representa un peligro claro y actual para las tropas o poblacion del adversario.
Con respecto a aquellos objetos militares - tales como armas o lanzadores de cohetes - la proporcionalidad debe significar que cualquier grado de fuerza que sea suficiente para silenciar el fuego enemigo caeria bajo el principio de proporcionalidad, a menos que sea mostrado que este proposito podria haber sido logrado por medios alternativos, menos costosos en terminos de daño accidental a ciudadanos. De lo contrario, nosotros eliminariamos el principio de defensa propia durante una batalla - un paso que en efecto, evisceraria la base conceptual de las leyes de guerra.
Estos ajustes privarian a los usuarios de escudos humanos de sus actuales ventajas, realzando finalmente la proteccion civil durante conflictos armados.
El actual derecho internacional como es aplicado no solo incrementa el riesgo para civiles inocentes, sino que tambien pone en peligro la credibilidad de las leyes de guerra. "No seria justo", escribio Winston Churchill, "que la Fuerza Agresora deba ganar una serie de ventajas destrozando todas las leyes, y otra serie escondiendose detras del respeto innato a la ley por parte de sus oponentes."
El foco de la comunidad internacional debe ser reajustado a la realidad. En nuestros dias, los valores han sido revertidos. Los estados democraticos defendiendose se han encontrado bajo implacables criticas, mientras que hay una falta casi completa de atencion a las partes que originalmente violan el DIH poniendo en peligro en forma intencional a los civiles para lograr beneficios militares. Esta actitud crea un peligro para todos aquellos que estiman los principios de derechos humanos y democraticos.
Adema, a la norma de proporcionalidad del DIH se le debe dar una interpretacion realista. Debe ser introducida una "proporcionalidad proporcionada." Nosotros aceptamos la limitacion que cuando enfrenta la guerra o terrorismo, el estado democratico “a menudo debe combatir con una mano atada detras de su espalda” – como lo dijo el Juez Aharon Barak. Pero, las actuales normas y su aplicacion han permitido el uso descarado de escudos humanos para atar exitosamente ambas manos de un estado democratico evitandole defenderse.

Amnon Rubinstein es profesor de derecho en el Centro Interdisciplinario, Herzliya, ex ministro de educacion y miembro de la Kneset, y el receptor del Premio Israel 2006 en Derecho. www.amnonrubinstein.org.
Yaniv Roznai es candidato a un PhD en la London School of Economics (LSE).
Fuente: The Jerusalem Post- Traducido por Marcela Lubczanski especialmente para el blog de OSA Filial Cordoba

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