miércoles, 30 de mayo de 2018

El posible voto de una cláusula que declare al Ayuntamiento de Valencia “Espacio Libre de Apartheid israelí” en el Pleno de mañana jueves 31 de mayo del Ayuntamiento de Valencia supondría una grave discriminación ilegal, convirtiendo la ciudad valenciana en un territorio “judenfrei”, hostil a cualquier ciudadano o empresa israelí y a cualquier español asociado con el estado judío.
El movimiento que impulsa las declaraciones de adhesión a espacio ELAI y BDS, más allá de una máscara de falsa solidaridad con los palestinos, niega la solución de dos estados, está en contra de la normalización de relaciones, ignora la responsabilidad palestina en el conflicto, es marcadamente antisemita al no reconocer el derecho a la existencia de Israel y, por ende, el derecho de autodeterminación del pueblo judío, y blanquea, justifica y hace apología del terrorismo palestino. En su afán judeófobo, nunca han emitido una condena siquiera leve del yihadismo de grupos terroristas que operan contra Israel, ni reconocen la pluralidad étnica, cultural y religiosa de Israel, dónde el 25% de la población es árabe y disfruta de plenos derechos. Esa población también sería discriminada por este acuerdo.
De la ilegalidad e inconstitucionalidad de la campaña BDS dan fe las decenas de denuncias ganadas por ACOM en los Tribunales españoles que ha conseguido frustrar el discurso del odio del BDS. 33 acuerdos anulados, incluidas las resoluciones emitidas por los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Asturias, que inciden en la inconstitucionalidad de unas medidas excluyentes que vulneran el marco común de convivencia, y promueven la discriminación por origen étnico y nacional.
También la Fiscalía, a través de su sección especializada en delitos de odio, ha denunciado a los representantes públicos que dan soporte al BDS, encuadrando los hechos en el artículo 510 del Código Penal, que castiga a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo por razón de su pertenencia por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, entre otras circunstancias.
En caso de cargos públicos, habiendo sido advertidos, pueden ser incluso condenados con penas de inhabilitación.
También cabe recordar que los inspiradores de las mociones como la del ayuntamiento de Valencia, el grupo constituido con nombre BDS Pais Valencià sin inscripción legal, tiene a nueve de sus miembros sentados en el banquillo por graves delitos por el acoso, las coacciones y agresiones sobre el artista judío norteamericano Matisyahu en el verano del 2015. La violencia de la campaña orquestada aquellos días sobre el cantante por ser judío, no israelí, y negarse a ser criminalizado por ello, y la turba violenta que intentó reventar la actuación del artista puso a las claras que el BDS es un grupo asociado a los comportamientos más sectarios e indeseables para nuestra convivencia cívica y democrática.
ACOM ha tomado hasta la fecha sólidas iniciativas legales en este sentido con otros gobiernos locales, siendo admitidas por tribunales y no dudaremos en ejercer acciones para impedir la manifiesta discriminación inconstitucional por parte del ayuntamiento y la comisión de una ilegalidad por parte del consistorio.

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