sábado, 19 de enero de 2013
HASBARA
Resolución 242: un texto claro que no da lugar a la ambigüedad
por Elie Smilovitz
14 de Enero de 2013
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El diario digital argentino Página 12 publica un artículo titulado El uso del idioma árabe (14 de enero de 2013), escrito por Robert Fisk y publicado originalmente en el diario británico The Telegraph.
En su artículo, Fisk comienza con un párrafo que afirma que la Resolución 242 de la ONU, es motivo de conflicto por su ambigüedad. Fisk escribe:
“He escuchado toda clase de razones para explicar el fracaso árabe-israelí en cumplir con la resolución 242 del Consejo de Seguridad de la ONU: porque el texto en árabe ordena a Tel Aviv retirarse de las tierras ocupadas por Israel en 1967 (que comprenden Cisjordania, Gaza y el Golán), en tanto el texto en inglés (conforme con la intención de Estados Unidos) deja fuera la palabra las. Por tanto, tierras ocupadas deja a los israelíes en libertad de decidir qué porciones de terreno desean devolver”.
Para comenzar, el autor utiliza la sinéqdoque “Tel Aviv” para referirse al Gobierno de Israel, a pesar de que la sede del ejecutivo, el Parlamento (Knesset) y el poder judicial tienen su sede en Jerusalén, considerada por los israelíes como su ciudad capital.
Ya en relación a la resolución 242, Fisk no duda en señalar que ésta exige a Israel retirarse de “Cisjordania, Gaza y el Golán” y culpa a Estados Unidos de que el texto en inglés de la resolución “deja fuera la palabra 'los'”. De esta manera, Fisk pretende justificar la supuesta ambigüedad de ese documento, que según el periodista debe ser interpretado como que exige a Israel retirarse de “todos” los territorios que controló a partir de 1967. Para reforzar su argumento, Fisk escribe:
“Pero la versión francesa también contiene el artículo definido ‘les', así que no puede ser culpa de los árabes. O tal vez todo procede de que el lenguaje árabe hablado no es el mismo que el escrito. ¿Falta de claridad? Lo escucho todo el tiempo... de occidentales”.
¿Por qué se equivoca?
Fisk no menciona varias declaraciones y datos clave que reflejan la ausencia de toda ambigüedad.
El texto en inglés es considerado el texto original de la resolución 242, puesto que se basa en un borrador escrito por la delegación de Gran Bretaña, en inglés. Además, ese idioma era hablado por 6 de los 10 miembros del Consejo de Seguridad que aprobó dicha resolución, mientras que el francés sólo era la lengua de 3 de ellos, el ruso, de uno, y el español, de otro. El inglés es uno de los dos idiomas de trabajo de las Naciones Unidas, junto al francés, y la mayoría de las deliberaciones se llevan a cabo en esa lengua. Pero, más allá de que el borrador de la resolución fue escrito por Inglaterra, en inglés, el representante de ese país, Lord Caradon, declaró el 22 de noviembre de 1967:
“Estoy seguro de que será reconocido por todos nosotros, que sólo la resolución nos unirá, y consideramos que su redacción es clara.” (SCOR, 22nd year, 1382nd meeting, 7, section 61 of November 22, 1967).
Es decir, el propio responsable del borrador afirmó que el lenguaje utilizado en dicha resolución era “claro”. Su declaración está en los archivos oficiales de la ONU.
Por su parte, el embajador Bernard de Francia ante el Consejo de Seguridad en 1967, declaró:
“... ‘des territoires occupés' corresponde sin dudas a la expresión ‘territorios ocupados'.” (SCOR, 1382nd meeting of November 22, 1967, 12, section 111.).
La declaración de Bernard pretende zanjar la polémica y evitar la ambigüedad, pues en francés la palabra “des” puede tener dos significados: por un lado, como plural del artículo indefinido, “de” y, por otro, la contracción del artículo definido “de les”. Por eso, el propio representante franco parlante reconoció que no había ambigüedad en la expresión “des territoires”, como afirma Fisk.
Finalmente, el derecho internacional establece que los textos en varias lenguas deben respetar la primacía del texto original: “accordant la primauté du texte original” (Rousseau, at 290).
Más errores de Fisk
Fisk afirma que la resolución 242 debe ser cumplida por Israel según la interpretación que él mismo plantea.
Sin embargo, expertos en el estudio del Derecho Internacional señalan que las decisiones vinculantes del Consejo de Seguridad son aquellas que se basan en el Capítulo 7 de la Carta de las Naciones Unidas. El Capítulo 7 se refiere a “La acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión”. Sin embargo, la resolución 242 no se basa en ese capítulo, sino en el capítulo 6: “Arreglo pacífico de controversias”, y, por lo tanto, no debe ser considerada vinculante.
El propio secretario general de la ONU, Boutros Boutros Ghali, de Egipto, afirmó en una conferencia de prensa celebrada en 1992, que la resolución 242 no se basa en el capítulo VII, sino en el VI y que sólo las resoluciones que se basan en el artículo VII son vinculantes:
“[Una] resolución que no está basada en el capítulo VII no es vinculate. Para su información, la Resolución 242 del Consejo de Seguridad no está basada en el capítulo VII” (UN Press Release SG/SM/4718 of March 19, 1992, 11, and the clarification DPI of March 20, 1992.).
Así, por un lado, la resolución 242 no debe ser tomada como vinculante y, por otro, queda claro que aquellos que la redactaron y votaron tenían bien claro que el texto carecía de ambigüedad y que llamaba a una solución negociada del conflicto, al establecimiento de fronteras definidas, pero sobre todo, a garantizar la paz y la seguridad de todos los Estados. Y, por tanto, no exige a Israel retirarse, sin contemplaciones, de Cisjordania, Gaza y el Golán, como erróneamente señala Fisk en Página 12 y The Telegraph.
Además, la resolución 338, que se considera una continuación de la 242, hace un llamamiento a la negociación directa entre los involucrados en el conflicto de Oriente Medio, lo que refuerza el llamamiento a negociar para conseguir una paz duradera en la región, pero con base en un entendimiento mutuo entre israelíes y árabes.
Llama la atención que medios de la talla de The Telegraph presten su tribuna a la divulgación de opiniones cuyos argumentos, además de equivocados, representan una visión subjetiva que ignora el proceso mismo que se llevó a cabo en 1967 en el seno de la ONU sobre la resolución 242. En esta línea, Página 12 se ha contentado con reproducir una columna que, además de ignorar los datos antes descritos, continúa a lo largo de varios párrafos con una explicación, igualmente subjetiva, del entendimiento de la realidad de los hablantes de árabe, que Fisk pretende utilizar para justificar que la “ambigüedad” inexistente de la resolución 242.