viernes, 12 de julio de 2013

HASBARA

Crímenes de guerra, Palestina y la Corte Penal Internacional “Palestina amenaza con llevar a Israel ante la Corte Penal Internacional”, es el título de un artículo publicado en Russia Today (RT) en enero de 2013, aunque muchos otros medios han reproducido noticias similares. Según los lineamientos del Derecho Internacional, la Corte Penal Internacional (CPI) no puede juzgar a Israel, ya que como Estado soberano, el Estado judío no reconoce la jurisdicción de esa corte, como tampoco lo hace Estados Unidos. Así, Palestina no puede llevar a Israel ante esa Corte. Sin embargo, en 2009 la Autoridad Nacional Palestina (ANP) sí reconoció la jurisdicción de la CPI, por tanto, los líderes de la ANP y los palestinos sí pueden ser juzgados ante esa corte. Si bien en 2009 Palestina no era considerada como un Estado por las Naciones Unidas, la situación cambió cuando se le reconoció la calidad de “Estado observador no miembro”. A partir de ese momento, algunos expertos señalan que la CPI ya puede juzgar a palestinos. ¿Intentarán llevar los juristas a Mahmoud Abbas ante la Corte? La pregunta ahora se centra en si los abogados intentarán llevar al presidente de la ANP, Mahmoud Abbás, ante la CPI acusado de crímenes de guerra. El portal Prensa-árabe publicó recientemente un video recogido por Palestinian Media Watch en el que Abbás asegura que él ordenó a muchos palestinos llevar a cabo atentados terroristas contra civiles israelíes. Para Abbás, estos atentados son justificables porque se encuentra en una “guerra”. Sin embargo, incluso si la Corte determinara que la ANP e Israel están en guerra, regiría entonces el Derecho Internacional Humanitario, que también afirma que llevar a cabo ataques armados específicamente dirigidos contra población civil es, de hecho, un crimen de guerra. La CPI y el Estatuto de Roma que le dio origen, asientan muchos de sus principios en la Convención de Ginebra de 1949 , que asegura que la responsabilidad individual de personas ante crímenes de guerra no se desvanece si éstos eran agentes de un Estado o recibían órdenes de un funcionario. Es decir, según esa Convención, no es posible para Abbás argumentar que uno de sus subordinados es inocente sólo porque llevaba a cabo órdenes de un superior. Así, con base en este argumento, incluso si los terroristas seguían las órdenes de Abbás, tanto ellos como el propio Abbás serían responsables de crímenes de guerra, con base en el Derecho Internacional y la Convención de Ginebra , aunque sería, en última instancia, una decisión de los jueces de la CPI. Si bien el propio Abbás ha reconocido haber ordenado esos ataques en los medios de comunicación, como se aprecia en el video de Palestinian Media Watch. El Capítulo 8 de la Convención de Ginebra, en su artículo 50, señala que es obligatorio sancionar a quienes cometen crímenes o dan la orden de cometerlos. Sin embargo, la ANP, lejos de hacer eso, exige la liberación de los presos en Israel acusados de perpetrar ataques terroristas y acepta haber dado órdenes para cometer esos crímenes contra la población civil: Artículo 50 de la Convención de Ginebra de 1949: “Las Altas Partes Contratantes se comprometen a tomar todas las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves contra el presente Convenio definidas en el artículo siguiente. Cada una de las Altas Partes Contratantes tendrá la obligación de buscar a las personas acusadas de haber cometido, u ordenado cometer, una cualquiera de las infracciones graves, y deberá hacerlas comparecer ante los propios tribunales, sea cual fuere su nacionalidad. Podrá también, si lo prefiere, y según las disposiciones previstas en la propia legislación, entregarlas para que sean juzgadas por otra Parte Contratante interesada, si ésta ha formulado contra ellas cargos suficientes. Cada Parte Contratante tomará las oportunas medidas para que cesen, aparte de las infracciones graves definidas en el artículo siguiente, los actos contrarios a las disposiciones del presente Convenio”. Sin embargo, la prensa rara vez se hace eco de la responsabilidad palestina ante los ataques deliberados contra civiles israelíes, a pesar de que éstos se han cobrado miles de vidas. Por otro lado, lejos de denunciar el acercamiento entre la ANP y Hamás, considerado esta última como una organización terrorista que atenta contra objetivos civiles de forma deliberada, los medios de comunicación masiva suelen hablar de “reconciliación” y de unidad nacional. ReVistaMO