miércoles, 5 de marzo de 2014

SABIAS LOS

DIEZ SUPUESTOS BASICOS SOBRE ISRAEL Y EL PROCESO DE PAZ 
 
Fuente: The Jerusalem Post-Traducido por Marcela Lubczanski especialmente para el blog de OSA Filial Cordoba
3/3/14
por Alan Baker
 
 
1. No hay tal cosa como los "Territorios Palestinos."

Ellos nunca han sido determinados como tales en ningun documento internacional, acuerdo o resolucion vinculantes; el status final es todavia un tema de negociacion a ser acordado y no debe ser prejuzgado por ninguna declaracion o pronunciamiento politico.

2. Los territorios son disputados, no ocupados.

El derecho internacional se refiere a la ocupacion de territorio extranjero de un anterior soberano legitimo. Las areas de la Banca Occidental de Judea y Samaria no son extranjeras y han sido parte, desde tiempos inmemoriales, desde al menos el año 1500 AC, de la presencia judia indigena en el area, lo cual ha sido internacionalmente reconocido historicamente y reconocido en documentos internacionales.

3. Cualquier creyente no puede negar el hecho que Jesus fue un judio que vivio como parte de la existencia historica judia en el area, una presencia que es confirmada por evidencia historica y arqueologica.

4. Israel y el pueblo judio tienen derechos muy bien fundamentados e inalienables de larga data, indigenas, historicos, legales e internacionales en el area incluyendo Judea y Samaria. Estos derechos estan siendo negados y pasados por alto por la comunidad internacional. Israel ha aceptado negociar el status final de esta area. El resultado de estas negociaciones no debe ser prejuzgado.

5. Los reclamos por parte de voceros palestinos de status indigena o status o presencia historica son evidentemente falsos y engañosos.

La presencia arabe en la Palestina geografica comenzo en el año 630 DC y comprende a tribus y familias beduinas que se generaron en la Peninsula Arabiga hacia la zona de la Palestina geografica en busqueda de empleo y beneficio economico.

6. La acusacion que los asentamientos de Israel son “ilegitimos” es una mala interpretacion del derecho internacional y en si misma prejuzga un tema de negociacion a ser acordado.

La prohibicion de transferencia forzada de poblacion dentro de "territorio ocupado" fue redactada dentro de la Cuarta Convencion de Ginebra de 1949 para prevenir una repeticion de las transferencias de poblacion masivas y forzadas llevadas a cabo por los nazis. No tuvo la intencion y no puede ser interpretada para aplicarse a las comunidades de Israel en Judea y Samaria.

7. En concordancia con normas internacionales con respecto a administracion de territorio, construccion de, y dentro de comunidades es estrictamente sobre tierra que no es de propiedad privada, y esta bajo supervision legal de la Corte Suprema de Israel.

8. La dependencia sobre el termino “fronteras o lineas de 1967” no tiene base en el derecho o hecho y no puede ni debe constituir algun punto de referencia en las negociaciones.

La Linea de Demarcacion del Armisticio de 1949 fue determinada en forma claramente no para constituir una frontera. No se hizo referencia al termino fronteras o lineas de 1967 en los Acuerdos de Oslo.

Todas las partes han aceptado el llamado por parte del Consejo de Seguridad de la ONU en la resolucion 242 (1967) para “fronteras seguras y reconocidas.” Esta resolucion no hace referencia a las lineas de 1967.

9. La incitacion palestina en curso contra Israel, su patrocinio y apoyo a la campaña de boicot, desinversion y sanciones a Israel, amenazas de enjuiciar a lideres israelies en tribunales internacionales y amenazas de apelar a la ONU y organismos internacionales son totalmente incompatibles con cualquier negociacion de buena fe para la paz en el area.

Estos fenomenos violan los compromisos palestinos. Debe ser tomada accion clara y definitiva por parte del liderazgo palestino para llevar estos fenomenos a un fin inmediato.

10. Cualquier intento por prohibir o negar la presencia de los judios en cualquier area es anatema para todas las normas civilizadas y humanitarias aceptadas y debe ser rechazado total y absolutamente.

El autor es un ex embajador ante Canada y actual director del Instituto para Asuntos Contemporaneos del Jerusalem Center for Public Affairs.