n Baker
Publicado en Diciembre de 2010
Vol. 10, No. 13 9 December 2010
Los actos de reconocimiento de un estado palestino en las fronteras de 1967 por parte de Brasil, Argentina y posiblemente otros estados latinoamericanos no tienen mas significado que como expresion politica de opinion.
Estos actos de reconocimiento van en contra de las declaraciones por parte de Brasil y Argentina en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en 1967 en favor de fronteras libremente negociadas entre las partes y un proceso de negociacion de paz patrocinado internacionalmente como fue establecido en la Resolucion 242.
Las incesantes campañas entre estados por parte del liderazgo de la Autoridad Palestina para obtener reconocimiento unilateral de la categoria de estado dentro de las fronteras de 1967 y por lo tanto pasar por alto el proceso de negociacion aceptado, va en contra de sus compromisos en sus acuerdos con Israel, como fue presenciado y garantizado por los miembros de la comunidad internacional.
Las acciones y declaraciones hostiles del liderazgo palestino carecen de buena fe y perjudican cualquier ambiente negociador razonable entre las partes que buscan establecer relaciones pacificas entre ellos, y son indicativos de una falta absoluta de una voluntad genuina de alcanzar un acuerdo pacifico.
Las declaraciones informadas de reconocimiento formal por parte de Brasil, Argentina, Uruguay, y posiblemente otros estados latinoamericanos de un "estado palestino libre e independiente dentro de las fronteras de 1967" plantea muchos temas importantes - tanto politicos como legales, sea en la relacion bilateral entre Israel y aquellos estados, como entre Israel y la Autoridad Palestina.
El reconocimiento de una entidad politica como estado no crea en si misma o por si misma un estado, ya que tal reconocimiento no carga significado definitivo o sustancial en la creacion de estado. Como mucho, es indicio de los puntos de vista politicos de los estados reconocedores.
El establecimiento del estado, por otro lado, requiere una serie de criterios internacionalmente aceptados y acostumbrados, como fue establecido en la Convencion de Montevideo de 1933 sobre los Derechos y Deberes de los Estados, relacionados con una capacidad de gobernancia, poblacion permanente, territorio definido y capacidad para entrar en relacion con otros estados.
De hecho, esa convencion especifico especificamente que "la existencia politica del estado es independiente del reconocimiento por parte de los otros estados."
Pero en el contexto palestino estos criterios para el estado deben ser leidos en el contexto de requerimientos sustanciales, hechos a medida de las distintas resoluciones de Naciones Unidas tratando con el arreglo del tema de Medio Oriente, tanto como los compromisos especificos por parte de los palestinos en los muchos acuerdos aun validos firmados con Israel con los años.
Este factor fue quizas amplificado luego de un intento palestino por declarar el caracter de estado en 1988, cuando mas de 100 estados dieron su reconocimiento. Pero claramente, este intento unilateral palestino de dictar una solucion al tema Israel-palestino fuera del proceso de negociacion de paz internacionalmente aceptado y patrocinado establecido por las resoluciones del Consejo de Seguridad de ONU 242 (1967) y 338 (1973) nunca fue visto como un factor serio en resolver el tema.
Asi, cualquier acto de reconocimiento de un estado palestino, sea por parte de Brasil, Argentina, Uruguay o cualquier otro, puede no tener validez ni nada que se le parezca mas que algun tipo de expresion politica. Al contrario- tales declaraciones de reconocimiento van en contra de las mismas resoluciones de las cuales aquellos estados son parte, y de los acuerdos que ellos mismos han respaldado y apoyado.
Curiosamente, la actual instancia de la declaracion brasilera de reconocimiento de un estado palestino dentro de "las fronteras de 1967" pareceria ir contra la propia declaracion de Brasil al Consejo de Seguridad durante el curso de su aceptacion de y apoyo por la Resolucion 242, en noviembre de 1967, cuando sus representantes declararon:
Su aceptacion no implica que las lineas fronterizas no puedan ser rectificadas como resultado de un acuerdo libremente concluido entre los estados interesados. Nosotros mantenemos constantemente en mente que una paz justa y duradera en el Medio Oriente tiene que estar necesariamente basada en fronteras permanentes seguras libremente acordadas y negociadas por los estados vecinos. (S/PV.1382(OR), 22 November 1967).
De hecho, un borrador de resolucion enviado a la Sesion de Emergencia de la Asamblea General de ONU por 18 estados latinoamericanos (incluidos Brasil y Argentina) el 30 de junio de 1967 incluia un llamado a las partes
...a terminar el estado de beligerancia, intentar establecer condiciones de coexistencia basadas en la buena vecindad y tener recursos en todos los casos para los procedimientos de acuerdo pacifico indicados en el Estatuto de las Naciones Unidas. (A/L. 523/Rev.1 para 1(b)).
Asi, los principios vitales y fundamentales defendidos por Brasil, Argentina y otros estados en 1967, respaldando fronteras siendo libremente acordadas, buena vecindad, y procedimientos de acuerdo pacificos de acuerdo con el Estatuto de la ONU, parecerian haber sido pasados por alto por la reciente decision de los gobiernos brasilero y argentino, a pedido de los lideres palestinos, para favorecer el dictado unilateral palestino de una frontera, sin acuerdo, en violacion de cualquier nocion de "buena vecindad", y minando los procedimientos de acuerdo pacifico aprobados por la ONU.
Sin embargo, aun cuando Brasil, Argentina, y Uruguay pueden bien estar minando sus propios principios declarados, el liderazgo de la Autoridad Palestina, presionando activamente por tal reconocimiento a traves del mundo como parte de un objetivo declarado y concertado de lograr reconocimiento por parte de Naciones Unidas como un estado palestino declarado unilateralmente, y el reconocimiento de las lineas de 1967 como su frontera, esta de hecho socavando todo el proceso de negociacion de paz y abusando de la buena fe de la comunidad internacional.
Hablando legalmente, las acciones por parte del jefe de la Autoridad Palestina Mahmoud Abbas, y su asistente Sa'eb Erekat, presionando para lograr este objetivo estan en violacion del Acuerdo Interino israeli-palestino de 1995, articulo IX, parrafo 5, de acuerdo al cual:
...el Consejo [palestino] no tendra poderes y responsabilidades en la esfera de las relaciones exteriores, cuya esfera incluye el establecimiento en el exterior de embajadas, consulados u otros tipos de misiones extranjeras y puestos o permitir su establecimiento de Cisjordania o la Franja de Gaza, el nombramiento de o admision de equipo diplomatico o consular, y el ejercicio de funciones diplomaticas.
En forma no menos importante, el liderazgo palestino esta comprometido, en el articulo XXXI, parrafo 7, a no "iniciar o tomar ninguna accion que cambie el status de Cisjordania y la Franja de Gaza mientras este pendiente el resultado de las negociaciones de status permanente."
Cualquier actividad por parte del liderazgo palestino, incluida presionar a gobiernos extranjeros para reconocimiento individual e iniciar resoluciones en organos de Naciones Unidas para traer el establecimiento unilateral de un estado fuera del proceso de negociacion, es una seria violacion de sus compromisos frente a Israel. Es equivalente a pasar por alto el proceso negociacion aceptado internacionalmente, y minar las mismas resoluciones y acuerdos que sirven como la base y fundamento para el proceso de negociacion de paz.
Como los compromisos palestinos frente a Israel fueron presenciados y garantizados por elementos centrales de la comunidad internacional, incluidos EEUU, ONU, Union Europea, Rusia, Egipto y Jordania, y respaldados por la mayoria de los otros paises, incluidos Brasil y Argentina, entonces claramente las actividades de presion palestinas deben ser condenadas por aquellos elementos, y no deben ser alentadas por ellos.
Este problema se vuelve aun mas complejo en el contexto de las actuales y concertadas campañas por parte del liderazgo palestino para bloquear cualquier progreso en el proceso de negociacion a traves de su demanda erronea que Israel congele toda actividad de asentamientos- una exigencia que no tiene base ni nada que se le parezca en la serie de acuerdos entre Israel y los palestinos.
Ademas de esto, pareceria que el liderazgo palestino esta, por su propia parte, minando y perjudicando cualquier ambiente de negociacion o buena fe entre las dos partes a traves de una serie de acciones ofensivas tales como:
Declaraciones hostiles por parte de sus jefes negociadores, tanto frente a la poblacion interna palestina como frente a la comunidad internacional.
El abierto aliento e inicio de procesos legales en tribunales tanto internacionales como extranjeros contra lideres y funcionarios israelies y otras actividades en estados extranjeros destinadas a socavar el status de Israel.
Intentos por utilizar y abusar de la comunidad internacional para cuestionar el legado nacional e historico del pueblo judio.
Incitacion oficial diaria en escuelas, universidades y medios de comunicacion palestinos.
Claramente esta actividad, abiertamente, oficialmente e incluso orgullosamente patrocinada y apoyada por el jefe de la Autoridad Palestina, Mahmoud Abbas, y el jefe de la division negociacion de la Autoridad Sa'eb Erekat, ademas de su mal gusto inherente y obvio, es absolutamente incompatible con cualquier ambiente de negociacion.
Uno podria preguntar como puede el liderazgo palestino esperar inspirar confianza en el gobierno y publico israeli mientras al mismo tiempo se esta comprometiendo en una politica de malignizar a Israel y sus lideres, buscando deslegitimizar a Israel, y socavando el proceso de negociacion acordado el cual esta destinado a lograr la paz entre los dos pueblos?
* * *
El Embajador Alan Baker, Director del Instituto para Asuntos Contemporaneos en el Centro Jerusalem para Asuntos Publicos, es el ex Consejero Legal para el Ministerio del Exterior de Israel y ex Embajador de Israel para Canada. El es socio en la firma Moshe, Bloomfield, Kobu, Baker & Co. Participo en la negociacion y trazado de los distintos acuerdos comprendiendo los Acuerdos de Oslo.
Fuente: Centro Jerusalem para Asuntos Publicos- Este articulo fue traducido por Marcela Lubczanski especialmente para el blog de OSA Filial Cordoba.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.